Con la entrada de la obligatoriedad de cumplimiento de la Directiva 2007/46/CE para todas las categorías M, N y O, se hace necesaria la Homologación de dichos vehículos para su matriculación y puesta en circulación.
Además de la Homologación de tipo y de series cortas, la Directiva establece medidas que permiten Homologar los vehículos de manera individual, para aportar una flexibilidad suficiente al sistema de homologación multifásica.
Por su parte, el Real Decreto 750/2010 complementa dichas medidas regulando los procedimientos administrativos para que los vehículos puedan recibir la Homologación en España.
Nuestros expertos le ofrecen asistencia técnica con la elaboración del informe de inspección y realización de ensayos relativos a la Homologación individual para vehículos completados.
De este modo se comprueba el cumplimiento del vehículo respecto a las prescripciones establecidas, para la homologación individual, en el R.D. 750/2010 de 4 de junio
(b) Una foto de ¾ delantero es una foto tomada desde una de las esquinas delanteras del vehículo y la foto ¾ trasera es otra foto hecha desde la esquina opuesta a la que se hizo por la parte delantera, de esta forma con 2 fotos se ve todo el exterior del vehículo.
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